Quienes poseen o están considerando adquirir una segunda residencia en España
suelen plantearse, tarde o temprano, cuestiones relacionadas con el impuesto
sobre sucesiones. España aplica efectivamente un impuesto de sucesiones, pero
su aplicación no es uniforme y varía de forma significativa según la comunidad
autónoma.
Normativa general del impuesto sobre sucesiones en España para no residentes
1) ¿Quién debe pagar el impuesto sobre sucesiones?
Si no eres residente fiscal en España, pero heredas bienes situados en España
como una vivienda vacacional, una cuenta bancaria en España o acciones de entidades españolas,
debes pagar el impuesto sobre sucesiones en España, independientemente de tu lugar de residencia.
- Los no residentes solo tributan por los bienes situados en España (principio de territorialidad).
- El impuesto sobre sucesiones lo pagan los herederos, no la herencia como tal.
2) Plazo y procedimiento
- La declaración del impuesto debe presentarse, en principio, dentro de los 6 meses posteriores al fallecimiento.
- En determinados casos puede solicitarse una prórroga adicional de 6 meses.
3) Tipos impositivos nacionales
España aplica tipos progresivos a nivel estatal que pueden alcanzar aproximadamente el 34%.
Estos tipos constituyen la base del sistema; en la práctica, el impuesto final suele ser considerablemente menor
gracias a las reducciones y bonificaciones autonómicas.
| Valor de la herencia |
Tipo (escala estatal) |
| Hasta €7.993 | aprox. 7,65% |
| €7.993 – €31.956 | aprox. 7,65% – 10,2% |
| €31.956 – €79.881 | aprox. 10,2% – 15,3% |
| €79.881 – €239.389 | aprox. 15,3% – 21,25% |
| €239.389 – €398.778 | 25,5% |
| ≥ €398.778 | 29,75% – 34% |
Fuente: Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
A nivel estatal también existen reducciones generales por heredero.
Para cónyuges, padres e hijos adultos, la reducción básica es de aproximadamente €15.957.
Para herederos del grupo III, la reducción es de aproximadamente €7.993.
Estas reducciones nacionales son solo el punto de partida.
En la práctica, son principalmente las normativas autonómicas las que determinan la carga fiscal final.
4) Grupos de herederos
- Grupo I: hijos menores de 21 años
- Grupo II: hijos mayores de 21 años, cónyuge o pareja y padres
- Grupo III: hermanos, tíos, tías, sobrinos y otros familiares
- Grupo IV: otras personas
Desde una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (2015),
los no residentes tienen derecho a las mismas reducciones y bonificaciones autonómicas que los residentes.
Panorama regional del impuesto sobre sucesiones
Costa Blanca — Comunidad Valenciana
Impuesto muy favorable para familiares directos (grupos I y II).
Características principales:
- Reducción de €100.000 por heredero para herederos directos
(hijos, cónyuge o pareja y padres).
- Bonificación de hasta 99% sobre el impuesto calculado por encima de dicha reducción.
- Existen ventajas adicionales para herederos menores de 21 años.
En la práctica, un no residente que hereda una vivienda en la Costa Blanca
suele pagar un importe muy reducido cuando se trata de familiares directos.
La carga fiscal final dependerá del valor del patrimonio heredado
y del grado de parentesco, aunque en muchas situaciones familiares
el impuesto efectivo es muy limitado.
Para herederos menos próximos, las ventajas siguen existiendo,
aunque son más limitadas que para los familiares directos.
Costa Cálida — Región de Murcia
La Región de Murcia aplica una bonificación del 99%
para herederos directos (cónyuge, hijos y padres).
En la práctica, el impuesto suele ser prácticamente inexistente
para la familia directa.
Para herederos fuera del núcleo familiar directo (grupos III y IV),
las bonificaciones son menores, aunque el régimen sigue siendo
más favorable que el sistema estatal básico.
Costa de Almería & Costa del Sol — Andalucía
En Andalucía se aplica:
- Una reducción de hasta €1.000.000 por heredero.
- Por encima de este importe, una bonificación del 99%.
Esto implica que, en la práctica, apenas se paga impuesto entre familiares directos,
incluso en herencias de elevado valor.
Las parejas registradas (parejas de hecho) suelen equipararse a los matrimonios,
aunque pueden existir diferencias regionales.
Tenerife — Islas Canarias
Las Islas Canarias aplican una bonificación del 99,9%
para herederos directos.
En la práctica, el impuesto es prácticamente inexistente para familiares directos.
Las reducciones formales (como €18.500 para hijos y €40.400 para el cónyuge superviviente)
quedan prácticamente neutralizadas por este régimen.
Gracias a la combinación de reducciones y la elevada bonificación,
el impuesto efectivo suele ser insignificante.
Mallorca & Ibiza — Islas Baleares
Las Islas Baleares aplican una exención del 100%
para herederos directos.
Para otros herederos, se aplica una bonificación de aproximadamente
60% o más, según el grado de parentesco
y el valor de la herencia.
Doble imposición & Bélgica / Países Bajos
Cuando un no residente hereda un inmueble en España,
debe pagar el impuesto en España por los bienes situados en territorio español.
En el país de residencia también puede existir obligación de declarar
la herencia mundial.
España no tiene un convenio específico para evitar la doble imposición en materia
de sucesiones con Bélgica ni con los Países Bajos.
Sin embargo, ambos países prevén mecanismos nacionales para evitar total o parcialmente
la doble tributación sobre bienes inmuebles situados en el extranjero,
mediante sistemas de compensación o crédito fiscal.
En el caso de los Países Bajos puede aplicarse la llamada regla de los 10 años,
según la cual bajo determinadas condiciones se puede seguir gravando la herencia tras la emigración.
La aplicación concreta depende siempre de la normativa nacional y de la situación individual.
Resumen por región
La siguiente tabla ofrece un resumen simplificado de los regímenes autonómicos
y no constituye una clasificación.
| Región |
Herederos directos |
Herederos menos próximos |
| Andalucía |
Reducción hasta €1.000.000 + bonificación 99% |
Régimen favorable |
| Islas Canarias |
Bonificación 99,9% |
Muy reducido |
| Islas Baleares |
Exención 100% |
Bonificación ±60% |
| Región de Murcia |
Bonificación 99% |
Favorable pero más limitado |
| Comunidad Valenciana |
Reducción €100.000 + bonificación hasta 99% |
Régimen muy favorable para familiares directos |
Consejos prácticos
- Considera otorgar testamento en España. Puede simplificar el procedimiento y ayudar a limitar la doble imposición.
- Cada heredero necesita un número NIE para tramitar el impuesto.
- La normativa autonómica cambia con regularidad; se recomienda asesoramiento profesional.